Contratación de Autónomos Económicamente dependientes. Claves para cumplir con la legalidad

En el actual y dinámico panorama empresarial, donde la Inspección de Trabajo intensifica su supervisión sobre la contratación de autónomos, es fundamental comprender cómo llevar a cabo contratos legales con Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE).

En esta publicación, abordaremos las claves para garantizar la legalidad en tus contrataciones y evitar posibles sanciones.

Normativa en vigor y riesgos asociados a falsos autónomos

La figura del TRADE está respaldada por el Real Decreto 197/2009 de 23 de febrero, que desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo. Es crucial tener en cuenta que no es legal contratar a un autónomo que facture exclusivamente a una empresa sin disfrutar de plena autonomía. Las multas por este tipo de contrataciones pueden oscilar entre 3.126 y 10.000 euros, con posibles recargos por cotizaciones no ingresadas.

Diferencias clave en la contratación

Un autónomo TRADE puede facturar al menos el 75% de sus ingresos provenientes de un único cliente, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales. A veces, las empresas no registran a los autónomos TRADE debido a la falta de información. La clave radica en comprender y cumplir con los requisitos legales establecidos.

Los requisitos del autónomo económicamente dependiente son:

  • Organizar su actividad con autonomía y libertad, incluso con indicaciones del cliente.
  • Contar con recursos y medios propios para desarrollar la actividad.
  • Obtener ingresos en función del resultado de la actividad, sin ceñirse a un horario fijo.
  • No tener establecimiento abierto al público a su nombre ni empleados a su cargo.

¿Como realizar el registro de un contrato TRADE?

El registro es obligatorio y puede realizarse telemáticamente a través del SEPE. Puede ser efectuado por el autónomo o la empresa cliente y debe completarse en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la firma del contrato.

Proceso de registro mediante la plataforma electrónica

A través de la pestaña «Registro de contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes (TAED)», se accede a la plataforma electrónica que requiere autenticación mediante los siguientes métodos:

  • Usuario y contraseña proporcionados por la plataforma Cl@ve.
  • Certificado digital.
  • DNI electrónico.
  • Acceso directo por Cl@ve (Identidad Electrónica para las Administraciones Públicas).

El registro puede ser realizado por el propio trabajador autónomo económicamente dependiente, la empresa cliente o profesionales colegiados que actúen en representación de terceros. Dentro del registro, se especifica la actividad que llevará a cabo el trabajador autónomo económicamente dependiente y las condiciones de la prestación. El sistema guía sobre los pasos a seguir para asegurar que el contrato quede registrado y cumpla con la legalidad correspondiente.

Modelo de contrato

El registro en el SEPE ofrece un modelo de contrato TRADE con las cláusulas requeridas, facilitando el cumplimiento de las formalidades.